El Ejecutivo actualizó el régimen para importar papel con arancel cero
El Ministerio de Economía actualizó el régimen para importar papel editorial con arancel cero y simplificó el Registro de Importaciones del Sector Editorial.
El Ministerio de Economía, mediante la Resolución 11/2026 publicada el viernes en el Boletín Oficial, actualizó el régimen para importar papel destinado a uso editorial con derecho de importación del 0%. La medida también simplifica el Registro de Importaciones del Sector Editorial (RISE) y deja sin efecto normas vigentes desde hace más de tres décadas.
La resolución establece la aplicación de la alícuota cero prevista en la Nota de Tributación al Capítulo 48 de la Nomenclatura Común del Mercosur, incorporada al ordenamiento nacional por el decreto 557/2023, para papeles usados en la impresión de libros, diarios, publicaciones periódicas y material de interés general.
El RISE pasará a funcionar en la Dirección de Importaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa, dentro de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. Este registro será responsable de inscribir a los beneficiarios del régimen y podrá realizar controles ex post basados en información de la Dirección General de Aduanas y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La inscripción deberá realizarse una única vez mediante declaración jurada a través del sistema Trámites a Distancia (TAD), con un plazo de 10 días hábiles para la aprobación o requerimiento de subsanaciones. Para acceder al beneficio, la constancia de inscripción será enviada a la Aduana mediante el Régimen de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), permitiendo su validación automática en el Sistema Informático Malvina (SIM).
Además, la resolución deroga varias normas clave dictadas entre 1992 y 2021, incluyendo las resoluciones 126/1992, 439/1992, 722/2011 y 577/2021, y artículos de la resolución 1354/1992. Los importadores inscriptos en el régimen anterior tendrán 90 días para adecuarse al nuevo sistema, durante los cuales podrán operar bajo el esquema previo. La aplicación efectiva del régimen dependerá de la reglamentación complementaria que ARCA debe emitir en un plazo de 30 días desde la publicación de la resolución.
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