Fallo judicial ordena pago de más de $1,5 millones a mujer de Viedma por productos de blanquería no entregados
La Justicia resolvió que un vendedor debe indemnizar a una mujer de Viedma tras no recibir los productos adquiridos por internet.
Una mujer de Viedma compró de manera virtual toallas, sábanas, repasadores y otros productos de blanquería, pero nunca recibió la mercadería, pese a haber abonado el total mediante una transferencia bancaria.
Según consta en el expediente judicial, el valor actual de los productos ronda los 700 mil pesos, monto que fue pagado tras acordar la operación de forma telefónica, mediante llamadas y mensajería.
Un envío que nunca existió
Luego del pago, el vendedor le aseguró que el pedido sería despachado en pocos días a través de una empresa de transporte y le envió un enlace de seguimiento. Sin embargo, vencido el plazo, la compradora se presentó personalmente en la empresa de envíos, donde le informaron que no existía ningún paquete a su nombre y que no realizan llamadas ni envían mensajes vinculados a entregas, desmintiendo así la versión del vendedor.
Sin respuestas y con reclamos ignorados
Tras detectar la irregularidad, la mujer intentó comunicarse reiteradamente con quien había recibido el pago, pero no obtuvo respuesta. Todo el contacto previo había sido exclusivamente telefónico, sin atención posterior a los reclamos. Ante la falta total de respuesta, decidió iniciar una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz.
La Justicia dio por acreditada la estafa
En el expediente se incorporaron comprobantes de pago, conversaciones mantenidas, la denuncia correspondiente y otros elementos probatorios que respaldaron el relato de la damnificada. El Juzgado de Paz consideró acreditada la existencia de una compraventa, que la compradora cumplió con su obligación de pago y que la parte vendedora incumplió al no entregar los productos. Además, la incomparecencia del demandado permitió tener por reconocidos los hechos lícitos, conforme a lo establecido por el Código de Procedimientos.
Relación de consumo y fuerte condena económica
El fallo encuadró el caso dentro de una relación de consumo y aplicó la doctrina de la carga dinámica de la prueba, que impone la obligación de aportar pruebas a quien está en mejores condiciones de hacerlo. En este caso, esa carga recaía sobre el vendedor, que no se presentó ni respondió a la demanda. Finalmente, la Justicia condenó al vendedor a pagar más de 1,5 millones de pesos, suma que incluye daño directo, intereses correspondientes, daño extrapatrimonial y daño punitivo.
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