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Presentan amparo judicial para frenar las obras de remodelación del Luna Park en Buenos Aires

CABA · CABA – Sociedad
11/12/2025 13:51 hs
Presentan amparo judicial para frenar las obras de remodelación del Luna Park en Buenos Aires

Un amparo colectivo busca detener las obras de remodelación del Luna Park, Monumento Histórico Nacional, por presuntas irregularidades legales y patrimoniales.

Contexto del lugar
CABA · Argentina
Región administrativa ubicada en Argentina. Se incluye como referencia contextual.

El Luna Park, ese clásico porteño donde se escribieron páginas inolvidables del boxeo y diversos hechos artísticos, vuelve a quedar en medio del debate. Ahora se avecina una disputa legal. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentó un amparo colectivo para frenar las obras que la empresa DF Entertainment quiere hacer en el estadio.

Sostiene que la disposición 1283/DGIUR/25 del Gobierno porteño, que habilita esos trabajos es inconstitucional y pide su nulidad. “La aplicación efectiva de la disposición generaría un hecho consumado y gravamen imposible de reparación a un bien cultural protegido”, advierte el escrito.

En paralelo, Gil Domínguez pidió una medida cautelar para suspender la disposición y detener el expediente N° EX-2025-13421509-GCABA hasta que la Justicia decida si las obras pueden avanzar o no. Ahora resta esperar la decisión de la Justicia.

Todo comenzó cuando los actuales propietarios, la Sociedad Salesiana de San Juan Bosco y Cáritas, representada por el Arzobispado de Buenos Aires, iniciaron un llamado a licitación para entregar en concesión la explotación del Luna Park.

El proceso quedó en manos de la consultora internacional Ernest & Young y se presentaron diez empresas. Tras evaluar las ofertas, el Arzobispado se inclinó por la propuesta de DF Entertainment, que se asoció con la internacional Live Nation. La intención de la Iglesia era dejar de cargar con la gestión del día a día del lugar.

Según el contrato de concesión, el estadio debía ser entregado a DF Entertainment en enero pasado. El acuerdo fija un plazo inicial de 20 años, con la posibilidad de extenderlo otros 20. En total, una concesión que podría durar cuatro décadas. Trascendió además que la inversión inicial a cargo de DF Entertainment sería de US$34 millones y el canon mínimo anual de US$ 1.000.000.

Lo cierto es que el estadio, con casi un siglo de historia, quedó desactualizado en varios aspectos y necesita una modernización urgente. Por su ubicación estratégica, alguna vez compitió codo a codo con Obras y, desde 2019, suma un rival poderoso, el Movistar Arena, que tiene capacidad para 15 mil espectadores.

Aunque el Luna siguió activo con shows y musicales hasta el año pasado, la reconversión parecía un destino difícil de esquivar para el histórico y querido “galpón" de la Ciudad. Su último show fue el 29 de diciembre de 2024, con Abel Pintos y Luciano Pereyra.

El Luna Park está catalogado con “Nivel de Protección Estructural” por la Ciudad de Buenos Aires y además es Monumento Histórico Nacional desde el 2007. Eso implica que las remodelaciones debían ser autorizadas por la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos.

El 6 de enero, la comisión aprobó la documentación presentada por la empresa que ganó la licitación y habilitó el inicio de las obras previstas para marzo del año próximo. Después, la decisión final estaba en manos del gobierno porteño, que podía aprobarlas o rechazarlas.

Qué dice el amparo colectivo

Además de estar dentro de un Área de Protección Histórica de la Ciudad, el Luna Park tiene protegidas tanto su fachada como su estructura. La demanda de amparo presentada por el abogado Gil Domínguez sostiene que el proyecto de obras de DF Entertainment viola el Código Urbanístico, que protege la integridad patrimonial del edificio, y que en vez de potenciarlo, lo pone en riesgo.

Entre los puntos más críticos, el amparo señala que el proyecto propone reemplazar la cubierta cuando “solo se permiten obras en el espacio interior que mantengan la fachada y la cubierta”, que no respeta el diseño original de la fachada y que aumenta significativamente el volumen del estadio: de 8.500 a 11.100 personas, con un único fin comercial, cuando no se permiten modificaciones en la estructura edilicia.

El escrito aclara que sí bien se pueden incorporar elementos contemporáneos, “siempre que no perturben la armonía del conjunto”, y que deben recuperarse la mayor cantidad de materiales y dispositivos originales. El plan estipula mejoras técnicas, construcción de nuevas áreas y palcos vi y creación de espacios gastronómicos, entre otras reformas.

El amparo reclama que las obras se realicen con métodos no destructivos y que se reduzcan al mínimo las técnicas invasivas, preservando fachadas y cubiertas, y limitando cualquier ampliación a la superficie interior mediante entrepisos.

"Una demolición tan masiva no es reversible", advierte el informe técnico del arquitecto Raúl Seivane, adjuntado por Gil Domínguez como prueba.

Como ejemplo de buenas prácticas, el informe menciona la escuela normal N° 9 y el Teatro Colón, que “tuvo una importante readecuación sin afectar su imagen y conformación original”.

En sus argumentos, Gil Domínguez expone que; “El Luna Park es mucho más que una estructura edilicia, es un edificio que guarda memoria en sus muros, formas y usos de las distintas etapas de su historia, testimonio de la evolución de la ciudad de Buenos Aires desde la modernización de los años 30 hasta el presente”.

El abogado constitucionalista tiene trayectoria en litigios colectivos, incluyendo la protección de glaciares, la garantía de cauce del Río Atuel en La Pampa, la tutela judicial de derechos de los animales no humanos y la defensa frente a construcciones fuera de código.

Contexto
El Luna Park, ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es un estadio histórico con casi un siglo de historia y declarado Monumento Histórico Nacional desde 2007. La concesión a DF Entertainment para su explotación y remodelación ha generado un debate legal debido a la protección patrimonial del inmueble. La Justicia deberá definir si las obras pueden continuar conforme a la normativa vigente y la preservación del patrimonio cultural.
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